Nadie puede ser removido de su hogar durante esta emergencia, incluso si se ha emitido un juicio final de ejecución hipotecaria y se ha llevado a cabo la venta de su propiedad por parte del alguacil.
El 19 de marzo de 2020, el Gobernador Murphy emitió la Orden Ejecutiva No. 106 que establece que ningún arrendatario, inquilino, propietario o cualquier otra persona no será removido de una propiedad residencial como resultado de un proceso de desalojo o ejecución hipotecaria.
La moratoria de desalojo durará hasta dos meses después de que el gobernador Murphy declare el fin de la crisis de salud de COVID-19, a menos que el gobernador emita otra orden ejecutiva para terminarla antes.
Si enfrenta desalojo o posible ejecución hipotecaria, comuníquese con un asesor de vivienda de inmediato visitando https://njhousing.gov/foreclosure o llamando al 1-800-NJ-HOUSE.
Alivio hipotecario
El 28 de marzo de 2020, el gobernador Murphy anunció que las instituciones financieras proporcionarán indulgencia hipotecaria y protecciones financieras para quienes enfrentan dificultades económicas como resultado de COVID-19. La iniciativa tuvo el apoyo de Citigroup, JPMorgan Chase, U.S.Bank, Wells Fargo, Bank of America y PNC Bank, además de más de otros 150 bancos, cooperativas de crédito y entidades administradoras federales y estatales.
Como resultado del COVID-19 los propietarios pueden ser elegibles para el siguiente alivio al contactar a su institución financiera:
– Período de gracia de 90 días para pagos de hipotecas: las instituciones financieras ofrecerán, de conformidad con las pautas aplicables, pagas de hipotecas de hasta 90 días a los prestatarios afectados económicamente por COVID-19. Además, esas instituciones:
- Proporcionar a los prestatarios un proceso simplificado para solicitar una indulgencia por razones relacionadas con COVID-19, respaldado con la documentación disponible;
- Confirmar la aprobación y los términos del programa de indulgencia; y
- Brindar a los prestatarios la oportunidad de solicitar alivio adicional, en la medida de lo posible, al continuar mostrando dificultades debido a COVID-19.
El Departamento de Banca y Seguros ha solicitado que los bancos agreguen los pagos de indulgencia al final de la vida del préstamo, en lugar de exigir a un consumidor que realice un pago a tanto alzado después de que finalice el período de gracia de 90 días. Sin embargo, el inversionista de su préstamo establece los términos específicos de los planes de tolerancia.
No hay impactos negativos en el crédito como resultado del alivio: las instituciones financieras no informarán las líneas comerciales despectivas (por ejemplo, pagos atrasados) a las agencias de informes de crédito, de conformidad con las pautas aplicables, para los prestatarios que aprovechan el alivio relacionado con COVID-19.
Alivio de tarifas y cargos: durante al menos 90 días, las instituciones financieras renunciarán o reembolsarán al menos lo siguiente a los clientes que hayan solicitado asistencia:
- Cargos por mora relacionados con hipotecas; y
- Otras tarifas, incluidos los retiros anticipados de CD (sujeto a las regulaciones federales aplicables).
Los propietarios de viviendas deben contactar a los prestamistas directamente para aprovechar este alivio. Estos prestamistas están experimentando grandes volúmenes de consultas y pueden recomendar el uso de servicios en línea cuando estén disponibles. Los préstamos en poder de una institución financiera pueden ser atendidos por otra empresa.
Nota: La mayoría de los programas de indulgencia requieren que la institución que presta servicios a su préstamo pague los impuestos a la propiedad y el seguro durante el período de gracia, incluso si no realiza un pago. Sin embargo, los consumidores serán responsables de pagar estos impuestos a la propiedad y los pagos del seguro. Los consumidores deben comunicarse con la institución que presta servicios a su préstamo para determinar si la institución realizará los pagos inicialmente o si existen otros requisitos para realizarlos.
Si su banco o servicio hipotecario no es cooperativo, puede presentar una queja en línea con el Departamento de Banca y Seguros o llamando al (609) 292-7272 o al 1-800-446-7467.
Para ayudar aún más a los propietarios de viviendas que enfrentan dificultades, la Agencia de Financiamiento de Hipotecas y Vivienda de Nueva Jersey ofrece asesoramiento gratuito a los propietarios a través de su Programa de Asistencia de Mediación de Ejecución Hipotecaria (FMAP). La asesoría es gratuita, está disponible ahora y se puede proporcionar de forma remota. Los consejeros brindarán asistencia para ayudar a los propietarios a evitar posibles ejecuciones hipotecarias.
Para obtener una lista de los asesores de vivienda que participan en FMAP, visite: https://njhousing.gov/foreclosure